Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo

Inscripción en el Registro Militar

De acuerdo con la Gaceta nº 5.933 del 21 de octubre de 2009 y lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Conscripción Militar, los venezolanos residentes en el exterior, tienen la obligación de inscribirse en el Registro Militar, dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha en la cual cumplan 18 años de edad. De igual forma, se deberán inscribir los venezolanos y naturalizados cuya edad esté comprendida entre los 18 y 60 años de edad, (Disposición transitoria 1ª de la Ley) los naturalizados: dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha de su naturalización.


Importante:

La Asamblea Nacional, sancionó el día 14 de octubre del año en curso, la reforma  de la Ley de Conscripción y alistamiento Militar, dejando sin efecto la fecha tope del 21 de octubre de 2010, para inscribirse en el Registro Militar y suprimió el capítulo dedicado a las sanciones. Al mismo tiempo, se eliminaron los artículos que establecían  la documentación militar como un requisito indispensable para matricularse en institutos de educación diversificada y universitaria, obtener licencias o permisos de conducir, desempeñar cargos públicos y alcanzar becas de estudios.


En este sentido el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo, actuando como Junta de Circunscripción ( Artículo 56. Los venezolanos y venezolanas residenciados o residenciadas en otros países, cumplirán el deber establecido en este artículo, a través de las representaciones diplomáticas o consulares, acreditadas por la República Bolivariana de Venezuela) será responsable de la inscripción y control militar, de los venezolanos residenciados en la Comunidad Autónoma de Galicia y el Principado de Asturias, aunque haya transcurrido el plazo en que le correspondía efectuar la inscripción, para regularizar la situación de los venezolanos en el exterior en materia de conscripción.

 

Requisitos exigidos
    * Rellenar  la planilla de inscripción en el registro militar, la cual será facilitada en la Misión Consular. Sin ningún tipo de tachadura y en letra de imprenta. (Legible).

 

    * Consignar copia de la Partida de Nacimiento y de la Cédula de Identidad.


    * Tres (3) fotos de frente, tamaño carnet en fondo azul. (Las personas que utilizan lentes, deben quitárselos para realizar las fotografías).


    * Los venezolanos por Naturalización deben presentar copia de la Gaceta Oficial o Resolución del Ministerio del Interior y Justicia, mediante la cual se les confirió la nacionalidad.

 

Aportar  por escrito el número de su  teléfono de contacto por si tenemos que comunicarnos con usted

 

Casos de Diferimientos: En el acto de la inscripción se aducirá y acreditarán los motivos para obtener  el diferimiento de la prestación del servicio militar activo. Esto se podrá lograr aportando la documentación para cada caso.


Para solicitar diferimiento por razones de estudios deberá presentar ante el Consulado General:

    * Carta de solicitud de diferimiento. (Carta explicativa)
    * Últimas calificaciones obtenidas en el lugar de estudios, debidamente legalizadas.
    * Constancia de estudios otorgada por la entidad educativa, debidamente legalizada.

Para solicitud de diferimiento por ser sostén de familia deberá presentar ante el Consulado General:
    * Carta de solicitud de diferimiento. (Carta explicativa)
    * Carta de trabajo legalizada.
    * Certificado de Matrimonio legalizado, Partida de Nacimiento de los hij@s, si l@s tiene.

Para solicitud de diferimiento por motivos de enfermedad, el interesado  deberá presentar ante el Consulado General:
- (Certificado Médico).

La documentación debe ser legalizada con la Apostilla de la Haya, en caso de ser documentos emitidos por Entidades no venezolanas.

Para la inscripción el ciudadano debe venir personalmente al Consulado. (De lunes a jueves de 9:00 a 12:00)

Importe: Gratuito

 

OBSERVACIONES:

·         Si ya está inscrito y no han cambiado las circunstancias, desde cuando se inscribió, no hace falta que se inscriba. Le recomendamos que conserve el documento que acredite que está inscrito.

·         El carnet de Registro Militar no vence. Pero si no conserva el documento que acredite que está inscrito debe tramitarlo nuevamente.

·         Si cambió de domicilio o estado civil, debe actualizarlo. ( Presentar el documento que acredite que está inscrito)

·         Si ya prestó el servicio militar, no debe inscribirse.

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