Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo

Solicitud de visa: turismo

Se otorgará a los extranjeros que ingresen al país con fines de recreo o esparcimiento, salud o actividades que no involucren remuneración o lucro.
Requisitos exigidos

    Rellenar la Planilla de solicitud de visa  (Imprimir) debidamente completada - sin omitir ninguno de los datos solicitados.

•    Original y fotocopia del pasaporte (Páginas de datos) con una vigencia mínima de seis (6) meses y por lo menos una página en blanco.
•    Fotocopia del documento que acredite su residencia legal en España.
•    Una (1) foto tipo carnet, a color, fondo blanco.  (Las personas que utilicen lentes, deben quitárselos para realizar la fotografía)
•    Original y fotocopia de constancia bancaria (indicando fecha de apertura de la cuenta, número y balance).
•    Original legalizado y fotocopia del contrato de trabajo (tiempo de trabajo, cargo y salario) y fotocopia de las tres (3) ultimas nóminas.
•        Fotocopia del boleto aéreo de ida y retorno o salida de Venezuela, o del itinerario. (tener la precaución de no comprar el boleto si no cumple con los requisitos exigidos)
•    Cualquier otro documento adicional que el Cónsul General requiera para avalar la solicitud.

    TIEMPO DE ENTREGA
1 semana a partir de la fecha en la que el Consulado recibe los requisitos y el pago por concepto de derechos consulares previa autorización.

IMPORTE
50 euros en efectivo

 ¡ATENCIÓN!
Estimados usuarios y usuarias, cumplimos en informarles que a partir del 30/10/2022, se ajustarán los aranceles consulares, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución Nº 103, de fecha 17/10/2022, publicada en la Gaceta Oficial Nº 42.485, de fecha 18/10/2022.
Para más información:  
https://mppre.gob.ve/2022/10/22/publican-gaceta-oficial-modificacion-rechos-aranceles-relativos-actuaciones-consulares/

IMPORTANTE:  El Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo, informa que según Resolución Nº 103 de fecha 03 de diciembre de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.308 del 04 de diciembre de 2013, el Ministerio del Poder Popular para el Turismo establece como requisito obligatorio para el ingreso de turistas al territorio nacional la adquisición de un plan de cobertura de gastos médicos para viajeros internacionales, y contra pérdida, hurto o robo de equipaje.
La mencionada Resolución señala en su artículo 1:
“Los prestadores de servicios de transporte terrestre, acuáticos y aéreo internacional y las agencias de viaje, tienen la obligación de ofrecer a las personas que se trasladen con origen o destino el territorio nacional, quienes a los efectos de la presente Resolución se denominan Turistas, un Plan de Cobertura de Servicios Médicos para Viajeros y por la pérdida, hurto o robo de equipaje, que les garanticen el acceso a servicios médicos y a una compensación en caso de pérdida o hurto de su equipaje”
En el Artículo 11 y en la Disposición Final Sexta, de la misma Resolución se indica:
Los prestadores de Servicios de Transporte Turístico internacional deberán contratar los servicios de la empresa proveedora de los planes de cobertura aquí referidos en los términos y condiciones exigidos en esta Resolución, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su entrada en vigencia, debiendo consignar dentro de dicho plazo copia del mencionado contrato ante el Ministerio del Turismo.
Sexta: La presente Resolución entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Sin embargo mediante Resolución Nº 108, publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.137 del 17 de diciembre de 2013, el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, pospone la entrada en vigencia de esta normativa hasta el 31 de enero de 2014
Las Gacetas Oficiales arriba mencionadas, pueden encontrarse en la siguiente dirección electrónica: http://www.tsj.gov.ve/gacetaoficial.asp

 

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